Hemos recibido varias llamadas de usuarios de las Clínicas Vitaldent requiriendo
información sobre algunas cuestiones que les preocupa referente al futuro más
inmediato del servicio que reciben en las Clínicas
“Vitaldent”.
No es este un post en el que se analiza exhaustivamente la
regulación jurídica de lo que va a suceder en un futuro más o menos inmediato,
ya que primero el juez de instrucción
debe investigar sobre los hechos destapados esta semana. El primer paso, ha
sido detener a la cúpula de la empresa matriz porque el juez detectó, en vista
de la investigación llevada a cabo por los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del
Estado, que existía fundadas sospechas de que iba a haber “movimientos”, por
parte de los detenidos, de evasión de
capitales y debía paralizarse de raíz y, como se ha visto, urgentemente.
Pero, a lo que vamos. Los consumidores y usuarios de las clínicas no deben, en principio,
temer por los tratamientos dentales que
están recibiendo ni deben acudir solicitando la resolución del contrato, la
devolución de dinero abonado o cuestiones parecidas. Hay que tener en cuenta
que la mayoría de las clínicas funcionan a modo de franquicia (algunas son sucursales de la empresa franquiciadora) y,
por lo tanto, son sociedades mercantiles
o profesionales autónomos absolutamente
independientes respecto de la empresa matriz en cuanto a funcionamiento cara al
público. Es decir, la relación jurídica que las “ata” con la empresa madre es
de un contrato de franquicia en el
que, por el mismo, se obligan a actuar y funcionar, respecto a una serie de
cuestiones (procedimientos de actuación, mobiliario y estética de las clínicas,
programas únicos de gestión informática, publicidad, “know-how”, etc.), pero con respecto a los clientes propios tienen
la responsabilidad individual e independiente.
Por lo tanto, si usted es cliente de una de las clínicas
franquiciadas, nada tiene que temer, en principio. Y digo en principio porque
pueden aparecer irregularidades que las involucren junto con la “central”,
aunque, sinceramente, no es nada probable ya que los delitos que se le imputa a
la cúpula directiva, incluida el socio principal, son de tipo económico -blanqueo
de capital, elusión de impuestos, estafa,…) que nada tiene que ver con el
funcionamiento sanitario de las clínicas. De hecho la Fiscalía Anticorrupción ha afirmado que “la detención del dueño y otros nueve directivos de la empresa Vitaldent este
martes (16 de febrero) no afectará al
funcionamiento de las clínicas”.
Incluso se ha afirmado que las mismas clínicas franquiciadas han sido también víctimas
por los actos fraudulentos y delictivos de los ahora detenidos.
Respecto a los clientes de las clínicas propiedad de la empresa franquiciadora, tampoco tienen
por qué verse afectados por esta noticia, ya que en principio es la cúpula de
la sociedad, como personas físicas las responsables. De todas formas, las personas jurídicas, es decir, como sucede
en este caso, las sociedades mercantiles, pueden verse afectadas penalmente de
las actuaciones u omisiones de los directivos, administradores o trabajadores de
las mismas, pudiendo ser castigadas penalmente incluso con el cese temporal o
definitivo de sus actividades. Pero, para que se lleguen a esas consecuencias es
necesario que transcurra un periodo de tiempo más o menos largo, que el
procedimiento avance y que se le atribuya a Vitaldent, como sociedad, las
nuevas responsabilidades penales contempladas en la última modificación al
respecto del Código Penal.
Así pues, de momento, tranquilidad para los clientes de las
clínicas Vitaldent para el futuro más inmediato. Lo más probable es que, al
estilo de lo que sucedió con la cadena de franquicias Viajes Marsans, las clínicas se desvinculen de la empresa matriz y
sigan su actividad normalmente, con los mismos profesionales dentales, pero con
un nombre comercial distinto. Pero, eso sí, cualquier anomalía en el servicio
prestado, o un cese del mismo sin una causa justificada o cualquier problema
que surja al respecto, debe denunciarse inmediatamente. Lo importante es que,
para posibles futuras reclamaciones, en primer lugar, se averigüe si la clínica
a la que se acude es propiedad de la empresa matriz o es una sociedad
franquiciada por las consecuencias comentadas; y, en segundo lugar, conservar
cualquier documento que pueda probar la vinculación que se tiene o ha tenido con
la clínica.
Seguiremos atentos a las siguientes noticias que seguro irán surgiendo
referente a las Clínicas Vitaldent. Si necesita asesoramiento respecto a esta
problemática o cualquiera respecto al Derecho
Civil, Derecho de Familia, Derecho Mercantil o Derecho Laboral, no dudes en pedirnos
cita en pacoprats@icav.es, en el teléfono 625835026 o dejándonos mensaje en www.pratsabogadosvalencia.com.
Felicidades por la rapidez con que ha acometido el tema. Gracias.
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